En el año 2025, los ciudadanos en Colombia que deban realizar la declaración de renta como personas naturales, los valores serán medidos con la Unidad de Valor Tributario (UVT). Dichas cifras determinan los montos a partir de los cuales una persona está obligada a declarar.
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Según la página de la Dian, las fechas para presentar esta diligencia irán desde el 12 de agosto hasta el 29 del mismo mes.
La entidad señaló que el día que le corresponde a cada ciudadano está definido por los dos últimos dígitos de su número de identificación tributaria (NIT), lo que determina de manera precisa la fecha límite para cumplir con la obligación.
No es obligatorio presentar declaración de renta si los ingresos estén por debajo de 1.400 UVT. Foto:iStock
¿Qué ingresos y bienes no se declaran a la Dian?
De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los valores que se encuentran por debajo de valores como 1.400 UVT, no serán necesarios presentarlos en la declaración de renta, ni pagar un costo adicional por haberlos tenido.
La Dìan impondrá multas del equivalente al 20 por ciento de los ingresos brutos. Foto:
Es importante tener en cuenta que cada UVT equivale a $47.065.
- Las compras y consumos totales por debajo de 1.400 UVT quedan exentos.
- Tampoco será necesario declarar si las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no superan las 1.400 UVT.
- Los consumos realizados con tarjetas de crédito que no excedan 1.400 UVT no generan obligación de declarar.
- Los ingresos brutos que no superen 1.400 UVT están exentos de declarar. Para el año 2024, este valor corresponde a $65.891.000.
- El patrimonio bruto solo obliga a declarar cuando sobrepasa las 4.500 UVT, es decir, aproximadamente $211.792.500.
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La entidad recordó que estos son los topes vigentes y que, en caso de no superarlos, los contribuyentes no están obligados a declararlos en el documento.
Cabe aclarar que también deben declarar ante el Estado quienes hayan sido responsables del IVA a diciembre de 2024.
¿Qué días hay que declarar renta para las personas naturales?
De acuerdo con el calendario publicado en la página oficial de la Dian, los contribuyentes en Colombia cuentan con 13 fechas habilitadas en agosto de 2025 para presentar su declaración.
- 12 de agosto: 01-02
- 13 de agosto: 03-04
- 14 de agosto: 05-06
- 15 de agosto: 07-08
- 19 de agosto: 09-10
- 20 de agosto: 11-12
- 21 de agosto: 13-14
- 22 de agosto: 15-16
- 25 de agosto: 17-18
- 26 de agosto: 19-20
- 27 de agosto: 21-22
- 28 de agosto: 23-24
- 29 de agosto: 25-26
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Las personas cuyo Número de Identificación Tributaria (NIT) termine entre 01 y 26 deberán presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024 y en la fecha correspondiente.
Según la página de la Dian, si no se presenta la declaración, el organismo del Estado podría imponer una multa equivalente al 20 por ciento de los ingresos brutos o de las consignaciones bancarias del periodo.
Cada UVT corresponde a $47.065. Foto:iStock
ESTEBAN RAMÍREZ MIRANDA
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS