El proyecto de reforma tributaria radicado por el Gobierno incluye en su artículo 21 una propuesta para modificar la exención que hoy aplica a la vivienda heredada.
Actualmente, la norma permite que el inmueble de habitación del causante quede exento hasta un umbral calculado en UVT; con ese esquema, heredar una vivienda por debajo de ese valor no genera impuesto de ganancia ocasional.
La iniciativa en trámite propone sustituir ese umbral por un tope equivalente al valor máximo de la Vivienda de Interés Social (VIS), que en el texto del proyecto se fija en 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) en la mayoría de los casos y hasta 150 SMMLV en determinadas ciudades o condiciones. Si el valor del inmueble supera ese límite, la parte que exceda quedaría gravada con la tarifa del 15 % prevista para las ganancias ocasionales.
Bajo la normativa vigente, una porción considerable del valor de la vivienda heredada queda exenta: la referencia más utilizada es de 13.000 UVT, que este año equivale aproximadamente a $647,3 millones. Con este esquema, muchas propiedades de menor valor no generan impuesto de ganancia ocasional. Con la propuesta del proyecto, esa exención basada en UVT se reemplazaría por el límite máximo establecido para la Vivienda de Interés Social (VIS).
En la red social TikTok, la abogada Mabel Sepúlveda explicó el cambio con un ejemplo ilustrativo: una vivienda de $250 millones que hoy quedaría totalmente exenta podría tener una parte gravada si el nuevo tope aprobado fuera inferior a ese valor. La profesional enfatizó que su cálculo es únicamente para mostrar la diferencia entre el esquema vigente y el que plantea el proyecto.
El impacto final para cada sucesión dependerá del valor del inmueble heredado. Foto:iStock
Es importante precisar que la tarifa del impuesto no cambiaría. Las herencias seguirían sujetas al impuesto de ganancia ocasional con la tarifa del 15 % sobre la porción que no esté exenta, tal como lo establece el Estatuto Tributario vigente. Lo que se modificaría, si el Congreso aprueba la propuesta, es el monto exento para quienes reciben la vivienda familiar en sucesión.
¿Qué conviene tener en cuenta?
la propuesta de reforma tributaria plantea que la exención por vivienda en una herencia ya no se calcule con el umbral actual en UVT, sino que quede limitada al valor máximo de la Vivienda de Interés Social, que según el proyecto sería de 135 a 150 salarios mínimos, dependiendo del caso.
Las herencias seguirían sujetas al impuesto de ganancia ocasional con la tarifa del 15 %. Foto:iStock
Además, la porción de la herencia que supere ese tope estaría gravada con la tarifa del 15 %, que es la que actualmente aplica el impuesto a las ganancias ocasionales. El impacto final para cada sucesión dependerá del valor del inmueble heredado, de otros bienes que hagan parte del patrimonio y de los topes vigentes de UVT y salario mínimo en el momento en que ocurra la transmisión.
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DANNA VALERIA FIGUEROA RUEDA
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL