Qué propone el proyecto de reforma del Congreso que radicó el Pacto – Congreso – Política


El Pacto Histórico presentó este miércoles su reforma constitucional para modificar el Congreso. La iniciativa es de los senadores Roy Barreras, Iván Cepeda, Gustavo Bolívar y la representante Catherine Juvinao.

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Se trata de un acto legislativo mediante el cual se espera hacer algunas reformas claves al Legislativo.

La propuesta establece que debe haber límites a la reelección de los senadores y representantes, se deben ampliar los periodos de sesiones ordinarias, se modifican las causales de pérdida investidura y el régimen salarial y prestacionales de los congresistas.

En el articulado se determina que los servidores públicos no podrán nombrar, postular ni contratar con personas a las cuales tengan hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad primero civil o con quienes estén ligados por matrimonio o unión permanente.

Tampoco podrán postular ni celebrar contratos estatales con quienes hubieren intervenido en su postulación y se indica que la elección de servidores públicos atribuida a corporaciones públicas deberá estar precedida de una convocatoria pública reglada por la ley en la que se fijen requisitos y procedimientos.

De la misma manera señala que quien haya ejercido en propiedad alguno de los cargos como magistrado de las altas cortes, del Consejo Nacional Electoral así como fiscal general, procurador general, Defensor del Pueblo, Contralor o Registrador, no podrá ser reelegido para el mismo cargo.

La iniciativa contempla que los congresistas no podrían ser elegidos por más de tres periodos consecutivos y señala que las sesiones ordinarias del Congreso comenzarán el 1 de febrero y concluirán el 20 de junio. El segundo periodo se mantiene igual según el proyecto de acto legislativo.

También señala que los congresistas perderán su investidura por violación al régimen de inhabilidades incompatibilidades o el régimen de conflicto de intereses.

Además, que se perderá por la inasistencia injustificada en una misma legislatura a seis sesiones plenarias en las que se discutan proyectos de actos legislativos  de ley o mociones de censura, o a seis sesiones de las comisiones constitucionales permanentes.

Adicionalmente, se contempla por la indebida destinación de los dineros públicos, por el tráfico de influencias, por obtener prebendas como contraprestación a su participación en la discusión y votación de un proyecto de ley sí .

De la misma manera se establece que la remuneración de los congresistas no podrá exceder los 25 salarios mensuales. Hoy en día su sueldo está por encima de los 34 millones de pesos.

Pero no es lo único, sino que establece que la remuneración de los congresista no se entenderá como un criterio para fijar el régimen salarial de prestación al de los demás funcionarios públicos. Hoy en día sueldos como los de los magistrados de las altas cortes, fiscales delegados ante las altas cortes y procuradores se fija con base en el de los legisladores.

De todas maneras en el proyecto se establece que la promulgación de este acto legislativo en cuanto a la asignación salarial para los miembros del congreso no será registrada reajuste si no hasta la terminación del periodo constitucional, es decir, en el 2026.

El punto de todo esto es que como son varias las reformas al Congreso que se van a radicar, habrá que esperar la posible acumulación de los textos.

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