“No puedo creer esto. Espero leer la sentencia completa. ¿Que la Policía no puede acceder a las imágenes de las cámaras de seguridad porque es desproporcionado? ¿Desproporcionado con quién? ¡Las cámaras son precisamente para la seguridad! Parece un empeño por no hacer ni dejar hacer”, dijo la alcaldesa de Bogotá a través de su cuenta de Twitter.
Este pronunciamiento de la mandataria se da después de que la Corte Constitucional tumbó el aval que le había dado la Ley de Seguridad Ciudadana a la Policía Nacional para acceder a los circuitos cerrados de vigilancia y seguridad privada para acciones de “prevención, identificación o judicialización”.
(Consulte: Mujer denuncia que fue abusada cerca del Campín por un hombre en una camioneta)
El alto tribunal hizo dos precisiones. Primero, que es contrario a la Constitución permitir que la Policía acceda a esos mecanismos alegando “prevención”, sin autorización previa de un juez y, por lo tanto, la entidad ya no podrá hacerlo.
Y, segundo, dijo que solo la policía judicial que tiene funciones de investigación y no cualquier policía, puede acceder a estos elementos cuando esté en curso un proceso de identificación o judicialización.
El alto tribunal dijo que, si bien es cierto que el tratamiento de datos mediante circuitos cerrados de seguridad y vigilancia privada podría tener efectos disuasivos en el conglomerado social para la protección de personas y bienes, también lo es que este desarrollo tecnológico podría estar en condición de lesionar derechos fundamentales.
Por esa razón, dijo la Corte, la ley nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos han establecido un conjunto de principios para la administración de datos personales que deben ser aplicados de manera estricta para evitar el ejercicio “abusivo y arbitrario de la libertad informática”.
La Sala agregó que en espacios privados se debe mantener un grado de garantía de la intimidad personal y familiar y de los datos sensibles. Por esa razón, que la Policía pueda acceder a la seguridad privada por “prevención, dijo la Corte termina habilitando a esa institución “para que se aproxime a otra información personalísima que es igualmente sensible”.
Ahora, sobre el acceso de la Policía a las cámaras con fines de identificación y judicialización, la Corte dijo que esto es viable pero solo si se hace en el marco de una investigación de carácter penal, bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de la Nación.
(Además: Así funcionará escuadrón para prevenir delitos sexuales contra mujeres en Bogotá)
López, una hora después de haber conocido bien el fallo, agradeció a la Corte Constittucional la aclaración de que el fallo no es como lo presenta el titular, ya que el comunicado dice que la Policia sí puede acceder a las cámaras tanto públicas y como privadas, pero con restricciones de protección a la garantía de otros derechos.
Agradezco a la @CConstitucional la aclaración de que el fallo no es como lo presenta el titular. El comunicado de la Corte aclara que la Policia sí puede acceder a las cámaras públicas y a las privadas también, pero con restricciones de protección a la garantía de otros derechos. https://t.co/IJc9Acc2bL
— Claudia López Hernández (@ClaudiaLopez) November 25, 2022
REDACCIÓN BOGOTÁ