Que Bogotá se vuelva un puerto libre para todos los licores del país. Esa es la nueva propuesta que surge desde el Concejo para que la ciudad ya no dependa de las autoridades de Cundinamarca, y que populares bebidas, como el Aguardiente Amarillo, puedan venderse libremente en la ciudad.
Conforme a los criterios de
La razón por la cual este aguardiente de la Industria Licorera de Caldas (ILC) dejó de comercializarse en Bogotá y la región es debido a que primero debe ser autorizada por la gobernación de Cundinamarca. Aunque inicialmente se había concedido este permiso, decidió revocarse hace aproximadamente un año, en junio de 2023.
Para entrar aguardiente aquí de otro lado, tiene que pasar por esta empresa, la cual le pone el sello a la tapa para que se pueda comercializar
Pero, ¿por qué la capital depende de esta autorización? El artículo 31 del Estatuto de Rentas de Cundinamarca (Ordenanza No. 039 de 2020) afirma que las autoridades departamentales controlan “la producción e introducción de licores destilados nacionales y extranjeros en la jurisdicción del departamento, incluido el Distrito Capital”.
También indica que el departamento ejerce el monopolio de distribución y comercialización respecto de los licores destilados que produzca directamente, a través de la Empresa de Licores de Cundinamarca (ELC), y que las ganancias obtenidas por estos productos son destinadas a la educación y la salud, y la protección de la salud pública.
Trino del concejal Juan David Quintero sobre el Aguardiente Amarillo.
Foto:
“Para entrar aguardiente aquí de otro lado, tiene que pasar por esta empresa, la cual le pone el sello a la tapa para que se pueda comercializar”, explicó Juan José Gómez Urueña, abogado experto en contratación estatal.
Sin embargo, para el concejal del Nuevo Liberalismo Juan David Quintero, quien quiere poner nuevamente el tema sobre la mesa, este control “entorpece” la libre competencia y el libre mercado, sobre todo del aguardiente.
“Bogotá es el distrito capital de todos los colombianos, por lo tanto debería ser un puerto libre”, afirmó el cabildante para EL TIEMPO.
No obstante, cambiar estas reglas no es nada fácil, pues el monopolio rentístico de licores destilados está en el artículo 336 de la Constitución. Además, es regulado por la Ley 1816 de 2016.
Una figura que existe desde la colonia
Este esquema en el mercado de licores se creó en el siglo XVIII, y se ha establecido tanto en la Constitución colombiana de 1886 como en la de 1991.
Es una figura absolutamente anacrónica, que hoy ni se le aplica el ron, se le aplica exclusivamente al aguardiente
“Es una figura absolutamente anacrónica, que hoy ni se le aplica el ron, se le aplica exclusivamente al aguardiente y lo que está generando es que la ELC, absolutamente controlada por la Gobernación de Cundinamarca, decida qué se vende y qué no se vende en el mercado más grande de Colombia”, indicó Quintero.
Si bien este dinero tiene una función social, el concejal afirma que no está de acuerdo en la forma en la que se maneja en Cundinamarca y la capital, pues la Ley 1816 establece que Bogotá recibe solo el 10,5 por ciento de las ganancias de la ELC, las cuales deben destinarse a la salud (88 %) y al deporte (12 %).
Por ejemplo, en 2019, último año del que la ELC tiene información pública, esta empresa tuvo una utilidad neta de 62.781 millones de pesos por las ventas del Ron Santafe y el aguardiente Néctar, y le entregó a Bogotá 6.592 millones.
El aguardiente Nectar
Foto:
Además, la capital, según el artículo 9 del Decreto Ordenanzal 435 de 2020, no tiene participación en la Junta Directiva de la licorera.
“El monopolio rentístico viola la autonomía territorial. No puede pasar que la ELC, porque no le está yendo bien, prohíba, bete, otros productos, como es el caso del Aguardiente Amarillo, para evitar la libre competencia, que está plasmada en la Constitución”, añadió Quintero.
¿Se podría eliminar el monopolio rentístico?
El concejal afirmó que interpondrá “una demanda por inconstitucionalidad” para que “se corrija” la figura del monopolio rentístico.
Según Gómez Urueña, “cualquier cambio que se pretenda en esa materia tiene que ser a través de ley, en el Congreso de la República, no lo puede determinar una asamblea departamental ni un concejo distrital”.
Un cambio en la ley sobre el tema debería ser aprobado por el Congreso.
Foto:
Resaltó que la discusión no es sencilla, pues “las entidades territoriales inmediatamente perderían importantes recursos para financiar políticas de salud y educación”, por lo que ve con dificultad que los representantes de los distintos departamentos voten para eliminar esta figura.
Además, afirmó que es un debate que ya se ha dado en los tribunales anteriormente. “Las leyes, para ver si son constitucionales o no, deben analizarse por la Corte Constitucional. Esta ya ha conocido demandas en la que se ha concluido que efectivamente el legislador puede regular esa materia y que esa forma de regulación no es una medida que afecte la libre competencia, entonces cualquier demanda prácticamente está destinada al fracaso”.
Cabe resaltar que, si bien el monopolio rentístico de licores funciona en otros países como Suecia, Finlandia y Canadá, en América Latina algunos gobiernos han liberado estas medidas y han optado por consejos reguladores de ciertas bebidas, como lo es el caso del Tequila en México, el Pisco en Perú, el Pisco en Chile y la Cachaça en Brasil.
LAURA VALENTINA MERCADO
REDACCIÓN BOGOTÁ
X: @lauramerher1

