Desde la aprobación de la Ley 2101 de 2021, en Colombia se ha establecido la reducción progresiva de la jornada laboral semanal.
El cronograma de las reducciones que comenzaron en 2023 y terminarán en 2026 ha sido:
- Desde el 15 de julio de 2023: de 48 a 47 horas.
- Desde el 15 de julio de 2024: ajustada a 46 horas
- Desde el 15 de julio de 2025: 44 horas semanales.
- Desde el 15 de julio de 2026: pasará a 42 horas semanales.
Dicho esto, a partir de mediados de julio de este año, nuevamente se reducirá la jornada en el país: de 46 a 44 horas semanales, en cumplimiento con la ley dispuesta.
Este 15 de julio, se hará la tercera reducción de la jornada laboral en el país. Foto:iStock
Esta reducción busca que los trabajadores en Colombia puedan tener un balance entre su vida profesional y laboral.
De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, con la modificación del artículo 161, este cambio no implicará la disminución del salario y las prestaciones y tampoco afectará los derechos de los trabajadores.
La nueva jornada laboral no afectará el salario, derecho ni prestaciones de los trabajadores. Foto:iStock
Además, la implementación de estas medidas en Colombia busca alinear al país con las normas y estándares internacionales del mercado laboral.
Jornada laboral para 2025 en Colombia
Con la nueva jornada, los empleadores distribuirán las horas en acuerdo con sus empleados; garantizando siempre al menos un día de descanso obligatorio.
Teniendo en cuenta el artículo 2 de la Ley 2101 de 2021, esta jornada podrá organizarse en cinco o seis días a la semana. La norma además aclara que la jornada diaria no debe exceder las 9 horas y tampoco podrá ser inferior a 4 horas continuas, sin lugar a recargos.
Con la reforma laboral de octubre de 2024 aprobada, la jornada nocturna comenzará a las 7 de la noche; lo que implica que las horas trabajadas desde esta hora hasta las 6 de la mañana tendrán un recargo nocturno del 35 %.
La jornada no podrá exceder las 9 horas y tampoco podrá ser menor a 4 horas continuas. Foto:iStock
Además, el recargo por trabajo en dominicales y festivos tendrá un incremento gradual. Para el 2025 será del 80 % sobre el valor de la hora ordinaria.
Aquellas personas que tengan un salario mínimo y cuya jornada sea la ordinaria máxima legal, de acuerdo con la Ley 2101 de 2021, estos serán los valores que les aplicarán con el aumento por hora y día del salario mínimo:
- Auxilio de transporte: $ 200.000 pesos.
- Hora laboral ordinaria: $ 6.189 pesos.
- Hora ordinaria nocturna: $ 8.355 pesos.
- Hora extra diurna: $ 7.736 pesos.
- Hora extra nocturna: $ 10.831 pesos.
- Hora diurna en jornada dominical o festiva: $ 10.831 pesos.
- Hora nocturna en jornada dominical o festiva: $ 12.997 pesos.
- Hora extra diurna en jornada dominical o festiva: $ 12.738 pesos.
- Hora extra nocturna en jornada dominical o festiva: $ 15.472 pesos.
Trabajadores que tendrán reducción de jornada en 2025
La ley estará aplicando para todos los trabajadores del sector privada que se rijan por la jornada laboral máxima. De igual manera, los empleados domésticos también tendrán esta reducción.
La ley aplicará para todos los trabajadores del sector pública que tengan jornada laboral máxima. Foto:iStock
No obstante, el Ministerio del Trabajo anunció un par de excepciones:
- Servidores públicos, excepto los que trabajen en empresas del Estado y que sus vinculaciones se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo.
- Trabajadores que tengan horarios especiales (no cumplen con la jornada diaria de 8 horas).
- Menores de edad con contrato laboral y con permiso del Ministerio del Trabajo.
- Trabajadores que se desempeñen en cargos de dirección, confianza o manejo.
- Trabajadores que hagan trabajos domésticos en centros urbanos o en el campo.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN