Son muchas las personas que diariamente se ven enfrentadas a multas o sanciones que pueden acarrear la pérdida y cancelación de la licencia de conducción, requisito obligatorio establecido por el Código Nacional de Tránsito para quienes conduzcan cualquier vehículo automotor en el país.
Conforme a los criterios de
La suspensión de la licencia de conducción ha ganado gran protagonismo, ya que puede afectar a cualquier conductor que cometa ciertas infracciones que afecten la movilidad y la seguridad de los actores viales.
El artículo 26 del Código Nacional de Tránsito menciona cuáles son las causales que pueden llevar a la pérdida temporal o parcial de la licencia de conducción, estas normas son importantes de conocer para evitar inconvenientes legales y personales.
¿Por qué le pueden suspender la licencia de conducción?
Las causales de suspensión temporal o total de la licencia de conducción se encuentran establecidas el artículo 26 del Código Nacional de Tránsito y destacan las siguientes:
La licencia de conducción se suspenderá parcialmente, si el conductor incurre en alguno de los siguientes ítems:
- Por disposición de las autoridades de tránsito, basada en la imposibilidad transitoria, física o mental para conducir, soportado en un certificado médico o en el examen de aptitud física, mental o de coordinación expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores legalmente habilitado.
- Por decisión judicial.
- Por encontrarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por la autoridad competente de conformidad con lo consagrado en el artículo 152 de este Código.
- Por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.
Los casos en los que se cancelará de forma permanente la licencia de conducción son los siguientes:
- Por disposición de las autoridades de tránsito basada en la imposibilidad permanente física o mental para conducir, soportada en un certificado médico o en el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores legalmente habilitado.
- Por decisión judicial.
- Por muerte del titular: La Registraduría Nacional del Estado Civil está obligada a reportar a los sistemas creados por los artículos 8o y 10 del presente ordenamiento, el fallecimiento del titular.
- Reincidencia al encontrarse conduciendo en cualquier grado de estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente, en concordancia con el artículo 152 de este Código.
- Por reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.
- Por hacer uso de la licencia de conducción estando suspendida.
- Por obtener por medios fraudulentos la expedición de una licencia de conducción, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.
Es de gran importancia entender que estas causales no solo afectan el permiso de conducir, sino que también pueden acarrear sanciones económicas y legales. Por ejemplo, conducir con una licencia suspendida puede resultar en multas significativas e incluso en penas privativas de libertad.
La suspensión de la licencia de conducción, sea temporal o permanente, no es solo una medida administrativa, ya que, durante el tiempo de la medida, el individuo no podrá operar ningún tipo de vehículo automotor.
Si las autoridades de tránsito llegasen a encontrar a la persona sancionada conduciendo con la licencia suspendida, las consecuencias pueden incluir multas de hasta 50 salarios mínimos legales vigentes, que corresponden a 65 millones de pesos en 2024.
Asimismo, el artículo 26 del Código Nacional de Transito menciona que transcurridos veinticinco (25) años desde la cancelación, el conductor podrá volver a solicitar una nueva licencia de conducción.
ALEJANDRA HERNÁNDEZ TORRES
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO