Porvenir informa por medio de un comunicado que los afiliados que no alcancen a pensionarse tienen la posibilidad de heredar los recursos ahorrados en sus cotizaciones. Sin embargo, para que esto ocurra, deben cumplirse ciertos requisitos previos que permiten a los beneficiarios reclamar este dinero.
Por otro lado, el Fondo de pensiones establece que, para que los ciudadanos puedan acceder a este beneficio en caso de fallecimiento, es necesario que el afiliado cuente con al menos 50 semanas cotizadas en el sistema general de pensiones durante los tres años anteriores al momento del deceso.
LEA TAMBIÉN

Además, para poder reclamar este derecho, se debe confirmar que la muerte se haya producido por una causa común. Es decir, que el ciudadano no haya perdido la vida como consecuencia de un accidente laboral o de una enfermedad derivada de sus funciones de trabajo.
Según lo establecido por el Ministerio de Justicia, este beneficio está amparado bajo el capítulo IV de la Ley 100 de 1993, que define los parámetros y regulaciones del Sistema de Seguridad Social Integral.
Porvenir informa que la pensión puede ser heredada. Foto:Archivo Particular
¿Quién puede heredar el dinero ahorrado de un afiliado fallecido?
Según lo establecido por el Ministerio de Justicia, hay tres opciones de posibles beneficiarios autorizados por la ley mencionada anteriormente que pueden reclamar el dinero. Además, el afiliado también puede dejar por escrito quién heredará sus recursos en caso de fallecimiento, si así lo desea.
- Primeros beneficiarios: según lo establecido por las entidades del Gobierno, en caso de tener pareja, él o la cónyuge son los primeros en heredar este dinero. En caso de que no sea así, los hijos menores de 18 años son los beneficiarios. También los jóvenes menores de 25 años pueden reclamar los ahorros si demuestran que dependían económicamente de la persona fallecida o se encuentran estudiando.
LEA TAMBIÉN

- Segundos beneficiarios: la ley establece que los padres y hermanos que demuestren dependencia económica o escasos recursos pueden reclamar la herencia. Asimismo, el Estado aclara que también se ampara a los herederos hasta en un cuarto grado de consanguinidad.
- Terceros beneficiarios: en caso de que el afiliado no tenga herederos designados mediante un documento y no existan familiares a los que se les pueda otorgar el beneficio, el saldo deberá trasladarse al fondo de garantía de pensión mínima o al fondo de solidaridad pensional. Estos organismos se encargan de subsidiar a las personas que no logran acceder al sistema de pensiones.
La edad para pensión en Colombia es 62 años para los hombres y 57 para las mujeres. Foto:iStock
En el caso de que los familiares estén amparados por la ley, deberán presentar ante el fondo de pensiones los documentos correspondientes, como el registro civil de defunción y aquellos que acrediten el parentesco del beneficiario con el fallecido.
LEA TAMBIÉN

Si los herederos de hasta cuarto grado de parentesco, el regreso de los recursos debe hacerse mediante una escritura pública o un proceso de sucesión. En este documento, se determinará el porcentaje que le corresponde a cada heredero, según lo dispuesto por la ley.
Los hijos pueden heredar la pensión de sus padres en caso de fallecer. Foto:iStock
Esteban Ramírez Miranda
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

