
Tras nueve horas de discusión, las comisiones terceras de Senado y Cámara aprobaron en primer debate la reforma tributaria que busca recaudar 22 billones de pesos para el 2023. La próxima cita para convertir este proyecto en ley será en unas semanas en las plenarias.
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Estos son algunos de los puntos que lleva el proyecto de ley:
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La mayor parte de ese recaudo la asumirá el sector minero-energético. No obstante, entre los cambios más importantes está la eliminación del impuesto a las exportaciones de petróleo y carbón. Al contrario, a estas empresas se les pondrá una sobretasa de renta que equivale al 10 por ciento el primer año, al 7,5 por ciento el segundo y 5 por ciento en el tercero. Tampoco podrán deducir las regalías del impuesto de renta.
“Eso significa que ese sector va a dar un poco más de 9 billones de pesos. Es una parte importante de la reforma”, aseguró el ministro José Antonio Ocampo.
El funcionario comentó que se aprobó una sobretasa de 3 puntos a las hidroeléctricas y de 5 puntos al sistema financiero.
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Otro de los cambios más significativos es que no se incluyeron los días sin IVA. Aunque la semana pasada el ministro había dado aval a la propuesta de incluir dos días para el 2023 y que los descuentos aplicarían solo para los productos nacionales, finalmente esta no va en la ponencia.
En materia de renta, el ministro explicó que las personas pondrían 3,5 billones de pesos, una cifra que llegaría a 6,7 billones en el último año de gobierno por la progresividad que se le piensa dar al impuesto al patrimonio.
La propuesta es que el impuesto al patrimonio quede de la siguiente manera: a partir de 3.000 millones, con una tarifa marginal del 0,5 por ciento; a partir de 5.000 millones, de 1 por ciento, y desde los 10.000 millones de pesos, de 1,5 por ciento. Esa tarifa más alta no queda permanente.
El proyecto también contempla los impuestos saludables a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultraprocesados. La lista de estos últimos se ha modificado y por ejemplo algunos productos como el salchichón ya no quedarían gravados, pero se mantienen los productos de galletería, las confituras o los helados, entre otros. La tarifa sería gradual del 10 por ciento en el 2023, de 15 por ciento en el 2024 y de 20 por ciento en el 2025.
Pero Ocampo recalcó que negocios pequeños como las panaderías no tendrían que asumir estos impuestos.
Si bien los dividendos, hoy sujetos al 10 por ciento, iban a quedar con una tarifa progresiva que podía llegar hasta el 39 por ciento, se acordó que la tasa irá entre el 0 y el 20 por ciento.
Para las ganancias ocasionales, cuya tarifa hoy es del 10 por ciento, y que inicialmente se iba a liquidar con la tabla de renta de personas naturales, en rangos del 0 al 39 por ciento, se acordó que el impuesto pase al 15 por ciento, a excepción de las loterías, que quedó en 35 por ciento.
La cárcel para evasores tampoco se metió finalmente en el proyecto debido a una sentencia de la Corte Constitucional que impide que las comisiones económicas del Congreso discutan proyectos que tengan incidencia penal.
En el proyecto también está un impuesto a las pensiones; que si bien anteriormente era de 10 millones de pesos, ahora el ministro dijo es que a partir de 13 millones de pesos.
Régimen Simple
El jefe de la cartera de Hacienda también destacó que se redujo la lista de los alimentos ultraprocesados gravados, para evitar una afectación a los hogares más vulnerables y a los tenderos.
“Otro cambio importante que fue acordado fue el del Régimen SIMPLE de tributación, en donde se bajaron las tarifas de ese impuesto, con lo cual esperamos que muchas más empresas se formalicen en materia tributaria, que es muy importante para el sector empresarial y el desarrollo de la economía nacional”, puntualizó Ocampo.
Uno de los puntos que más polémica han generado ha sido el del impuesto a los alimentos ultraprocesados y con alto contenido de azúcares añadidos. Desde cuando se radicó el proyecto el pasado 8 de agosto a hoy la lista se ha modificado, quedando excluidos algunos alimentos como el salchichón, la mortadela y la butifarra.
Entre los que están sujetos al impuesto están los productos constituidos por los componentes naturales de la leche, algunos embutidos, artículos de confitería sin cacao y las mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería.
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