Tras la decisión de la Corte Constitucional de regresar el proyecto de reforma pensional a la Cámara de Representantes, algunos se preguntarán qué cambios planteaba esta ley que iba a entrar en vigencia este primero de julio y que afectaba a todos los cotizantes del país.
Aquí le mostramos algunas de las modificaciones que planteaba este proyecto que tendrá que ser debatido nuevamente para tener luz verde.
Hay que tener en cuenta que la Corte suspendió su entrada en vigor. Por tanto, todos estos cambios solo se harían efectivos cuando la Cámara corrija su vicio de trámite y la Corte decida si lo hizo bien y no hay más vicios.
Sin embargo, la Corte exceptuó dos artículos. El 12, que dice que los que coticen por encima de los dos 2,3 salarios mínimos deberán seleccionar una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) dentro de los primeros seis meses y el 76, que es el de la ventana pensional.
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¿Todos los trabajadores tendrían que cotizar de manera obligatoria en Colpensiones?
Sí, todo el mundo. Si una persona gana 2,3 salarios o menos tendría toda su cotización en Colpensiones. pero si su salario es mayor el excedente lo debería meter a las denominadas administradoras del componente complementario de ahorro individual Accai (Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia).
Cambiarían las normas para pensionarse. Foto:iStock.
¿Quiere decir que las personas que ganan más de 2,3 salarios mínimos tendrían dividida su cotización en lo público y en lo privado?
Sí, por ejemplo, si una persona gana 5 salarios mínimos (unos 6,5 millones a precios del 2024) los 2,3 primeros los tendría en Colpensiones y los restantes 2,7 los tendría en una de las Accai.
¿Y qué pasa si estaba en Colpensiones y no elegí un Accai?
Si por el motivo que sea no lo escogió, no importa pues se le asignó de manera aleatoria en uno a través de un sistema ejecutado por parte de la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).
¿Con cuántas personas quedarían los fondos privados?
De llegar a materializarse estos cambios, los 18 millones de afiliados actuales a los fondos privados tendrían que estar en Colpensiones: unos 16 millones se quedarían únicamente en el régimen público y los otros dos restantes cotizarían una parte en Colpensiones y la otra en lo privado.
¿Y cómo harían después para calcular la mesada?
La idea es que en cada régimen se haga el cálculo tal y como se viene haciendo hasta ahora (por ejemplo, en el régimen público la mesada sería de entre el 65 y el 80 por ciento del promedio salarial de los últimos 10 años sobre los 2,3 salarios) y que se sumen las mesadas resultantes.
¿Entonces cuando llegue el momento de pensionarme me pagarían una parte de cada lado?
No, lo que plantea el Ministerio de Trabajo es que cuando llegue el momento de la pensión si la persona tiene una parte en el fondo privado esta se pasaría a Colpensiones para que el régimen público sea el único pagador.
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¿Y de dónde saldrían los recursos para pagar mi pensión?
La idea es que las cotizaciones de todos los trabajadores hasta 2,3 salarios mínimos vayan a un fondo de ahorro que administrará el Banco de la República. Sería una bolsa de dinero que se iría llenando con las cotizaciones y de la que irían sacando para pagar a la gente que se vaya pensionando. La plata se metería en activos como renta fija, variable, etc.
Corte Constitucional devolvió la pensional al Congreso. Foto:iStock
¿Se eleva la edad de pensión con la reforma?
No, el proyecto no subiría la edad de pensión. Esta sigue siendo de 57 años para las mujeres y de 62 para los hombres.
¿Quiénes podrían entrar al régimen de transición?
Los que ya tienen cotizadas 750 semanas en el caso de las mujeres y 900 en el de los hombres. A estas personas se les continuaría aplicando la Ley 100.
¿Y si cuento con esas semanas pero estoy inconforme porque no logré pasarme a tiempo al régimen que me convenía?
Si una persona tiene las semanas necesarias para estar en el régimen de transición y le quedan ya menos de 10 años para pensionarse pero por cualquier motivo no logró a tiempo cambiarse de régimen, —de los fondos privados a Colpensiones o viceversa—, tendría una última oportunidad llamada ‘ventana de oportunidad’ para hacerlo con la reforma pues esta prevé un periodo de 2 años para trasladarse.
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¿Cuántas personas ya lo han aprovechado?
Con corte al 26 de mayo, ambos regímenes indicaban que de los 1’009.229 afiliados que pueden optar por hacer uso de la llamada ‘ventana de oportunidad’ de traslado de régimen solo 80.653 personas ya consiguieron el visto bueno para ese cambio, es decir, surtieron el trámite de la doble asesoría y eligieron en qué régimen estar.
¿Qué necesito para cambiarme si estoy en esa situación?
Aparte de cumplir los requisitos específicos, como tener 750 o más semanas cotizadas para mujeres y 900 o más para hombres, y estar entre ciertos rangos de edad: mujeres entre 47 y 56 años y hombres entre 52 y 61 años, las personas tendrían que recibir una doble asesoría, tanto en la administradora pública (Colpensiones) como en la privada, antes de cambiarse.
Bono pensional de Colpensiones. Foto:Redes sociales
¿Y con el fallo de la Corte ya no podré pasarme?
No, si bien la Corte suspendió la entrada en vigencia de la norma hasta que pase de nuevo su último debate en Cámara, ordenó mantener vigente el artículo de la ventana pensional, por lo que las personas podrán seguir pasándose.
¿Y en el hipotético caso de que la Corte lo tumbe, me devolverían?
En general, los expertos piensan que si eso ocurre las personas que ya se trasladaron quedarían ahí debido a un denominado ‘velo de legalidad’.
¿Hay más excepciones en la reforma?
Los regímenes exceptuados como el de las fuerzas militares no se modifican con la reforma pensional.
¿Es verdad que por ser mujer con hijos me darían semanas de cotización?
Sí, el proyecto contempla reconocer 50 semanas por cada hijo propio o adoptado, hasta 3 hijos.
¿Qué pasa con las personas más vulnerables que no tienen acceso a pensión?
El proyecto tiene un pilar solidario en el que estarán todos los hombres de 65 años y las mujeres de 60 años que se encuentran en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad, a quienes se les daría una renta por encima de la línea de pobreza, que equivale a 223.000 pesos, y que sería ampliada cada año por la inflación. Estos recursos saldrían del Presupuesto General de la Nación.
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¿El proyecto aumenta los aportes que en la actualidad las personas hacen?
No, seguirá siendo del 16 por ciento. Lo que se amplía es la cotización que entra a la cuenta de ahorro individual en los fondos privados. Este pasará de 11,5 a 13,2 por ciento.
A los del régimen de transición no les afecta. Foto:iStock
¿Y qué pasa con las mesadas de los pensionados?
Los(as) pensionados(as) que devenguen una mesada superior a 10 salarios mínimos y hasta 20 contribuirían para el Fondo de Solidaridad Pensional para la Subcuenta de Subsistencia en 1 por ciento, y los que devenguen más de 20 salarios mínimos en 2 por ciento para la misma cuenta.