¿Cómo tramitar el retiro de dinero de una cuenta bancaria de un titular fallecido? – Sectores – Economía

La muerte de un ser querido es uno de los momentos más difíciles de afrontar si se tiene en cuenta todo lo que se debe hacer y diligenciar, además del dolor que se siente tras su partida. 

Aspectos como el financiero, son algunos de los asuntos que se deben revisar, por ejemplo, si el fallecido tiene una deuda con una entidad prestadora de servicio o si estaba suscrito algún producto bancario que tuviese un saldo. 

Si la última situación es su caso, debe tener en cuenta que para realizar la solitud ante la compañía financiera, se necesita cumplir con ciertos requisitos de autenticación y verificación para reclamar el dinero guardado. 

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De acuerdo con el portal del Ministerio de Justicia y del Derecho, los herederos se deben dirigir al banco donde el familiar tenía depositada su plata, con el fin de pedir el pago del saldo de la cuenta, preferiblemente por escrito.

Así mismo, los interesados necesitan presentar los siguientes documentos para validar de manera oficial el procedimiento: 

  1. Copia autenticada del registro civil de defunción del titular de la cuenta.
  2. Copia autenticada del documento que acredite el vínculo con el fallecido, por ejemplo: registro civil de matrimonio, registro civil de nacimiento., (dependiendo de la relación que se tuviera con este).
  3. Copia de la cédula de ciudadanía de los herederos que están reclamando el dinero.
  4. Declaración jurada de los solicitantes donde se indique que no se ha nombrado administrador de los bienes del difunto. En algunos casos se exige que este documento sea autenticado.
Hacer las cuentas frente a un computador

Los depósitos en las cuentas de ahorro y demás instrumentos financieros, hacen parte del patrimonio o bienes del fallecido. 

Finalmente, a los reclamantes se les exige diligenciar un formato de entrega de saldos de la entidad bancaria y una vez radicado junto a los documentos mencionados anteriormente la entidad le debe informar si requerimiento fue negado o aprobado. 

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Las personas que tienen derecho a pedir los saldos monetarios de las cuentas del titular fallecido, son el cónyuge sobreviviente, el compañero o compañera permanente y los hijos. 

Vale recordar que para hacer efectiva esta solicitud no es necesario iniciar un proceso de sucesión, de acuerdo con la circular 58 de la Superintendencia Financiera, donde se establece que los herederos podrán recibir un monto limite hasta los 74 millones de pesos, conforme a la vigencia de 2023. 

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NATHALIA GÓMEZ PARRA
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

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