La decisión de la Corte Constitucional de Colombia de suspender de manera provisional el cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio —en el marco de la segunda emergencia económica— para las entidades sin ánimo de lucro, entre estas las universidades, abrió un nuevo frente de debate sobre los alcances de la medida y sus efectos fiscales. Mientras desde la academia se celebra el alivio inmediato, gremios y analistas advierten sobre la incertidumbre que persiste tanto para el sector productivo como para las finanzas públicas.
Desde el frente universitario, la reacción ha sido positiva. Jesús Castilla Devoz, rector de Uniminuto y vicepresidente de la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun), calificó la decisión como un respiro para la sostenibilidad del sistema educativo.
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“Recibo con optimismo la decisión de la Corte Constitucional de suspender provisionalmente el cobro de la cuota del impuesto al patrimonio. Esta medida representa un alivio necesario para la sostenibilidad financiera de las instituciones educativas”, afirmó.
El directivo subrayó que mantener el gravamen habría implicado “una desinversión crítica en investigación, calidad educativa y bienestar estudiantil”, mientras que la suspensión “fortalece nuestra capacidad de reinvertir en la excelencia académica y en el futuro de nuestros jóvenes”.
Devolución de recursos no es automática: dependerá de los efectos que la propia Corte defina. Foto:Cortesía
No obstante, también hizo un llamado a que el alto tribunal avance con celeridad hacia un fallo definitivo que otorgue seguridad jurídica y amplíe el alcance de la protección: “Que esta protección se extienda a la totalidad de las cuotas, garantizando la equidad para todo el sector educativo superior mixto colombiano”.
Se mantiene la incertidumbre
Pero las interpretaciones desde distintos frentes coinciden en la necesidad de delimitar el alcance de la decisión. Lisandro Junco, exdirector de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), precisó que la medida cautelar no cobija a las empresas: “La corte lo que ordena es una suspensión provisional para las entidades sin ánimo de lucro y para las entidades en liquidación. No para las empresas. Las empresas, como están las cosas, deben pagar hasta tanto haya un fallo de fondo”.
En la misma línea, Luis Fernando Mejía, presidente de Lumen Economic Intelligence, explicó que la incertidumbre jurídica se mantiene, especialmente frente a los recursos ya recaudados. “La devolución de esos recursos no es automática: dependerá de los efectos que la propia Corte defina”, señaló, al tiempo que precisó que la suspensión aplica solo para las próximas cuotas de las entidades sin ánimo de lucro.
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Para otros analistas, el panorama es más complejo. César Pabón, director de investigaciones económicas de Corficolombiana, advirtió que una eventual devolución de los recursos ya pagados podría profundizar el desequilibrio fiscal y afectar el flujo de caja de múltiples sectores, aunque por el momento la medida solo cobija a entidades si ánimo de lucro, lo que diluye el impacto.
“Eso no solamente mantiene el hueco en las finanzas públicas, sino que aumenta la incertidumbre (…) afecta el manejo de las empresas, en particular sectores como el financiero y el mineroenergético”, explicó.
Empresas afectadas
Desde los gremios energéticos, la postura también apunta a que la discusión debe ampliarse. Alejandro Castañeda, presidente de Andeg, consideró que la decisión es “un buen inicio”, pero insuficiente. “Los efectos nocivos del decreto no solo recaen sobre las entidades sin ánimo de lucro, sino también sobre el sector empresarial”, afirmó, al tiempo que pidió a la Corte revisar la proporcionalidad del impuesto frente a las causas que motivaron la emergencia económica.
El gobierno, en cabeza del presidente Gustavo Petro, busca por todos los medios ajustar sus finanzas Foto:Presidencia
“La suspensión de la segunda cuota del impuesto al patrimonio es un alivio parcial, no una decisión definitiva. La Corte envía una señal clara: existen dudas constitucionales serias y, además, se corrige una inequidad evidente frente a las entidades sin ánimo de lucro”, dijo por su parte, María Claudia Lacouture, presidenta de AmCham Colombia.
La vocera gremial agregó que miles de empresas siguen enfrentando presión de caja e incertidumbre jurídica. En materia tributaria, y más aún bajo facultades excepcionales, se exige rigor, coherencia y respeto por las reglas.
“Ojalá la Corte adopte una decisión de fondo pronta y sólida, que le devuelva al país claridad, confianza y estabilidad”, insistió.
Recursos recaudados
Las cifras dimensionan el debate. Según el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, la primera cuota del impuesto —recaudada el pasado 1.° de abril— habría alcanzado cerca de 4 billones de pesos, aproximadamente la mitad de lo proyectado. El destino de esos recursos dependerá de lo que establezca la Corte en su decisión de fondo: si permanecen en el Estado, si deben devolverse o si se establece algún esquema de transición.
Mejía concuerda con esa posición y reitera que: “La devolución de esos recursos no es automática: dependerá de los efectos que la propia Corte defina”.
Desde el punto de vista fiscal, el impacto inmediato podría ser moderado, dado que estos ingresos no estaban plenamente incorporados en el Plan Financiero. Sin embargo, el efecto final dependerá de dos variables críticas: la eventual devolución de recursos y la forma en que el Gobierno ajuste sus cuentas frente a ese escenario.
Para los analistas consultados, la decisión de fondo de la Corte no solo definirá el futuro del impuesto al patrimonio en este contexto, sino que también marcará el rumbo de la política fiscal en un momento en el que el Gobierno busca equilibrar sus cuentas. Mientras tanto, el debate sigue abierto entre la necesidad de recaudo y los límites constitucionales de las medidas extraordinarias.
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