Los colombianos afiliados al sistema de pensiones que cumplen con los requisitos establecidos por la reforma pensional tendrán plazo hasta el 16 de julio de 2026 para solicitar el traslado entre regímenes. Así lo señaló el Ministerio del Trabajo al precisar el alcance de la oportunidad de traslado contemplada en la Ley 2381 de 2024 y reglamentada mediante el Decreto 1225 del mismo año.
El ministerio apuntó que los afiliados podrán continuar acreditando los requisitos necesarios mientras la Corte Constitucional define la nueva fecha de entrada en vigor de la reforma.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó la interpretación jurídica mediante una comunicación dirigida a los presidentes de Colpensiones y Asofondos, en la que detalló el marco normativo aplicable al proceso de traslado.
De acuerdo con el documento, el plazo máximo para solicitar el cambio de régimen corresponde al término de dos años establecido en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, contado desde la promulgación de la norma el 16 de julio de 2024.
Los afiliados podrán continuar acreditando los requisitos necesarios. Foto:iStock
La posibilidad de cambiar de régimen pensional está dirigida a un grupo específico de afiliados que cumplen determinadas condiciones relacionadas con semanas cotizadas y cercanía a la edad de pensión.
Según lo dispuesto en la Ley 2381 de 2024, podrán acceder a esta oportunidad las mujeres que hayan cotizado al menos 750 semanas y los hombres que cuenten con 900 semanas registradas en el sistema. Además, deben estar a menos de diez años de cumplir la edad de pensión.
Estas personas tendrán un plazo de dos años para presentar la solicitud de traslado entre el régimen de prima media administrado por Colpensiones y el régimen de ahorro individual administrado por los fondos privados.
La medida busca permitir que los afiliados que se encuentran cerca de la etapa de retiro revisen su situación pensional y tomen una decisión sobre el régimen en el que continuarán cotizando.
En este contexto, el Ministerio del Trabajo señaló que los cotizantes podrán seguir acreditando las semanas requeridas mientras se define el momento de entrada en vigencia de la reforma pensional, sin que esto afecte el plazo final para solicitar el traslado.
Pensiones Foto:Pensiones
Inicialmente, el límite para acreditar las semanas necesarias para acceder a esta oportunidad de traslado se había fijado hasta el 30 de junio de 2025. Sin embargo, ese plazo dejó de producir efectos mientras la Corte Constitucional no emita un pronunciamiento definitivo sobre la vigencia integral de la Ley 2381 de 2024.
El Ministerio explicó que esta situación mantiene abierta la posibilidad de que los afiliados continúen cumpliendo con los requisitos exigidos por la norma hasta que exista una decisión judicial definitiva.
La comunicación enviada por el ministro Sanguino a Colpensiones y Asofondos incluyó el sustento jurídico que respalda la interpretación del Gobierno sobre la fecha límite para acreditar las condiciones y solicitar el traslado.
De esta manera, el plazo que permanece vigente es el de dos años contados desde la promulgación de la reforma pensional, lo que establece el 16 de julio de 2026 como fecha máxima para presentar la solicitud de cambio de régimen.
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