Acolfutpro responde a Dimayor por pronunciamiento de la SIC sobre vetos – Fútbol Colombiano – Deportes

La Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (ACOLFUTPRO) se pronunció sobre el comunicado de la Dimayor con relación a la decisión adoptada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) respecto a la contratación de futbolistas en el país. 

Este martes, el presidente de la DImayor, Fernando Jaramillo, habló de la resolución de la SIC, en la investigación que se adelanta por presuntas irregularidades en la contratación, que fueron denunciadas por Acolfutpro en 2021. 

“Se incentiva el cumplimiento de la libre competencia en la contratación y circulación de futbolistas y el respeto a sus derechos deportivos, puesto que, los agentes que contraríen el régimen en cuestión serán sujetos a una sanción por parte de la Dimayor , sin perjuicio de cualquier actuación que adelante la Superintendencia de Industria y Comercio en el ejercicio de sus funciones”, dice el documento leído por Jaramillo este martes en rueda de prensa.

Responde la Asociación 

Carlos González Puche

Carlos González Puche, director ejecutivo de Acolfutpro.

Acolfutpro manifestó que “la decisión sin precedente en temas de libre competencia” a la que se refiere el comunicado no está en firme y por lo tanto no da lugar al archivo definitivo de la investigación administrativa por parte de la SIC.

“Que el esquema de garantías ofrecidas por la Dimayor y por 13 de los 16 clubes investigados solamente se hizo por haber colaborado, facilitado, autorizado o tolerado conductas proscritas por la regulación sobre prácticas comerciales restrictivas que limitan la libre competencia por la conformación de ‘listas negras’ para impedir a los futbolistas acceder al mercado del fútbol”.

Conforme con la denuncia presentada, Acolfutpro aclara que  la SIC no ha investigado ni se ha pronunciado sobre:

“Si el pacto anticompetitivo laboral para que todos los clubes profesionales del fútbol colombiano pueden acordar que la Dimayor sea la entidad que tiene el derecho sobre el uso y la explotación comercial de los derechos de imagen colectivos de los futbolistas”.

Junior vs. Nacional
Foto:

Alejandro Matías. Agencia Kronos

“Que los futbolistas no puedan acudir ante la justicia ordinaria por cualquier tipo de controversia que no sea laboral, so pena de que sean sancionados de seis meses a cinco años para ejercer su actividad y restringirle el acceso al mercado (Art. 118 del CDU)”.

“Si la Comisión del Estatuto del Jugador, incluida en los estatutos de la FCF, puede tener competencias jurisdiccionales para resolver conflictos económicos, sin cumplir con lo establecido en el Art. 116 de la constitución política, para que particulares puedan administrar justicia”.

“La función que se han atribuido la FCF y la Dimayor para dirimir las controversias entre clubes profesionales les permite establecer, como medida coercitiva, la prohibición para inscribir nuevos jugadores al club profesional que no haya cumplido sus decisiones, restringiendo a los futbolistas su acceso al mercado”.

“La posibilidad de abuso al que algunos clubes profesionales someten a los futbolistas con los que celebran un contrato de trabajo, imponiéndoles a un intermediario, so pena de no ser contratado por el club si no cumplen esta condición”.

“Con fundamento en estas precisiones, ACOLFUTPRO, a través de su apoderado presentará el recurso procedente con el objeto de que la SIC se pronuncie sobre la totalidad de los puntos incluidos en nuestra denuncia y sobre el esquema de garantías presentado por la Dimayor, los clubes profesionales y los directivos vinculados”.

Finalmente, la Asociación le pidió  garantías al nuevo gobierno “para que no se sigan vulnerando los derechos de los futbolistas”.

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