Los trabajadores colombianos tiene derecho al pago de cesantías, que de acuerdo con la Ley 50 de 1990, son un beneficio laboral para aquellos empleados que tengan contrato a término fijo e indefinidos.
Estas cesantías corresponden a un salario completo con corte al 31 de diciembre de cada año y deben ser consignadas hasta el 14 de febrero del año siguiente en el fondo de cesantías donde el trabajador está afiliado.
En el caso de los contratos a un año deben ser liquidadas y entregadas al empleado.
En el país existen diferentes fondos de cesantías como: Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia y el Fondo Nacional del Ahorro.
El trabajador puede elegir en qué fondo quiere estar y puede cambiarlo a su gusto de acuerdo con los intereses que genera ese dinero.

Para consultar en qué fondo está inscrito debe acceder al Registro Único de Afiliados del Ministerio de Salud y Protección Social en la sección de “Reporte Detallado”, con el número de tu cédula y fecha de expedición.
Allí podrá conocer donde está afiliado tanto en salud, pensiones, riesgos laborales y dónde están tus cesantías. El sitio web es : www.ruaf.sispro.gov.co/
Luego de conocer el fondo al que está afiliado, puede acceder a la página web del mismo y conocer cuánto tiene en cesantías, más las rentabilidades que hayas tenido en el año.
Si la relación laboral fue menor a un año, las cesantías que se pagarán dependen del tiempo que has estado trabajando.
Recuerde que el salario mensual contempla las ayudas en alimentación, transporte, horas extras, remuneraciones, etc.
Para calcular las cesantías se debe multiplicar los días trabajados en el último año por el salario mensual del último año y dividirlo en 360 y en el caso de los intereses que generan las cesantías, estas son del 12 por ciento anual.
En qué casos se pueden sacar las cesantías
Cuando necesite puede sacar las cesantías que son un ahorro para cuando su contrato laboral termine o en los casos de educación propia, del cónyuge o de los hijos, o si va a usar esos recursos para la compra, construcción, remodelación o pago a capital del crédito de vivienda.
Para el proceso necesitará los documentos que soporten la vinculación a una entidad educativa, en el caso de vivienda una promesa de compraventa, extractos del crédito hipotecario, cotización de la obra, etc.
Si tiene preguntas o comentarios o quiere que escribamos un tema para usted, envíe un correo, muy concreto y sin anexos a laules@eltiempo.com
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