El Tribunal de Medellín declaró la ‘extinción de la acción penal’ por indemnización integral a Carlos Alberto Ramos Corena y Ana María Socarrás por el caso de la muerte de la odontóloga Tatiana Andrea Posada Jiménez, que falleció el 17 de agosto del 2011 en Medellín tras realizarle un procedimiento estético.
La sentencia, emitida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Medellín, del pasado 18 de mayo, se debió a la indemnización integral a las víctimas y no constituyó decisión absolutoria para Ramos Corena ni Socarrás Espitia.
El 12 de julio del 2021, el juzgado 22 penal del circuito con funciones de conocimiento de Medellín les había proferido una sentencia condenatoria en primera instancia por homicidio culposo, consistente en 40 meses de prisión, multa de 30 salarios mínimos y 30 meses sin el ejercicio de su labor como médicos, pero les concedió la suspensión condicional de la pena principal, fallo que fue objeto del recurso de apelación por parte de su defensa legal.
Esto generó una polémica en Medellín. El 5 de noviembre del 2021, EL TIEMPO informó que en una nota titulada ‘Médico investigado por muerte de paciente en Medellín seguiría Operando’, los cuestionamientos que le hizo Bernardo Alejandro Guerra Serna, médico especialista en salud pública y exconcejal de Medellín, quien aseguró que Ramos pese a la decisión judicial seguía operando en la misma clínica donde fue intervenida la odontóloga.
Y también cuestionó su título como cirujano plástico y su licencia. “Se la suspendieron durante seis meses y cuando se la iban a inhabilitar de nuevo por cinco años en Antioquia, por el caso de Tatiana, fue a Bogotá y el Tribunal Nacional de Ética Médica dejó vencer los términos”, dijo en ese momento Bernardo Guerra.
EL TIEMPO confirmó en ese entonces que en la Secretaría de Salud de Antioquia, Carlos Ramos estaba habilitado como médico general y es profesional independiente desde el 4 de septiembre del 2007, pero la Secretaría no cuenta con información respecto a sus estudios como cirujano plástico.
Ante las declaraciones de Bernardo Guerra, Ramos Corena manifestó en la publicación que “mientras la decisión no sea confirmada por una decisión de segunda instancia, en mi favor se aplica la presunción de inocencia”.
“Las declaraciones de Guerra son consideradas falsas pues “el señor Bernardo Alejandro Guerra, no es servidor público, es un simple particular quien además funge de enemigo público mío, por lo que todas las informaciones que suministra siempre son en mi contra”, agregó.
Y aseguró que tiene toda una formación académica y experiencia laboral que lo acreditan como un médico que es apetecido por sus pacientes.
“Las diferentes pacientes en cirugía plástica acuden a mí directamente, sin ningún tipo de intermediario, gracias a la creciente credibilidad profesional con que cuento derivada de los excelentes resultados en materia de cirugía plástica practicada en el país. Las pacientes me ubican en mi página web o a través de las redes sociales que he dispuesto para esos propósitos”, dijo.
Ahora, con la decisión del Tribunal del pasado mes de mayo se ordenó que se cancelen y actualicen en favor de los señores Socarrás Espitia y Ramos Corena todas las órdenes impartidas y anotaciones efectuadas en su contra debido a este proceso, en garantía del derecho fundamental al Habeas Data.
MEDELLÍN
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